martes, 2 de julio de 2013

Iniciativas ciudadanas y propuestas de acción colectiva. Serie: Desafíos Actuales de los Derechos Humanos Ambientales 3/4

Las iniciativas ciudadanas están consagradas en la Constitución Nacional en su artículo 62, es el derecho que tiene la sociedad civil organizada de proponer soluciones, proyectos y normas a los órganos del poder público sobre las materias o hechos que atañen la vida en sociedad. Distintas son las actuaciones de los Concejos Comunales, los órganos del llamado poder popular son entidades de gobierno no formas asociativas de sociedad civil. La Ley Orgánica del Ambiente en su artículo 4  establece la corresponsabilidad entre el Estado, sociedad y personas en la gestión ambiental, igualmente indica en su artículo 23 la obligación del Estado en consultar a la ciudadanía y difundir los planes ambientales.

En ese orden de ideas la educación ambiental como medio para la transformación de la sociedad para la cultura ecológica está contemplada en el artículo 34 al 38 de la Ley espacial referida. La participación ciudadana se sigue desarrollando en el aspecto legal desde los artículos 39 al 44 de ésta Ley. Es preciso citar el Artículo 39: Todas las personas tienen el derecho y el deber de participar en los asuntos relativos a la gestión del ambiente”. Los ciudadanos tienen el derecho de hacer propuestas de políticas públicas, planes y proyectos relativos a la conservación ambiental así como los pueblos indígenas.

Existe una creciente tendencia internacional y nacional en la conformación de movimientos, colectivos, fundaciones y demás asociaciones con el objeto de promover la conciencia ecologista en la sociedad así como en la realización de actividades en pro de la preservación y gestión ambiental, ellos los asiste el derecho de forma taxativa en apreciación del artículo 42 de la Ley ya mencionada la cual consagra: “Las organizaciones ambientalistas, los pueblos y comunidades indígenas, los consejos comunales, las comunidades organizadas y otras formas asociativas, podrán desarrollar proyectos enmarcados en una gestión del ambiente compartida y comprometida con la conservación de los ecosistemas, los recursos naturales y el desarrollo sustentable bajo las modalidades de la autogestión y cogestión”.

El reto de los organizaciones ambientales y ecologistas es engranar la acción, es una tarea cuesta arriba poner de acuerdo asociaciones que general y naturalmente ejercen acciones sociales de forma aislada e idealizan particularmente sus causas, las barreras que implican esos errores de las organizaciones de acción colectiva son una debilidad repetida por derribar. El trabajo en redes, la presión de calle y en los medios debe continuar en procura de posicionar cada vez más el tema ambiental y las propuestas ecológicas de desarrollo sustentable y sostenible.

Por: Abg. Marcel López. 

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