Las iniciativas ciudadanas
están consagradas en la Constitución Nacional en su artículo 62, es el derecho
que tiene la sociedad civil organizada de proponer soluciones, proyectos y
normas a los órganos del poder público sobre las materias o hechos que atañen la
vida en sociedad. Distintas son las actuaciones de los Concejos Comunales, los
órganos del llamado poder popular son
entidades de gobierno no formas asociativas de sociedad civil. La Ley Orgánica
del Ambiente en su artículo 4 establece
la corresponsabilidad entre el Estado, sociedad y personas en la gestión
ambiental, igualmente indica en su artículo 23 la obligación del Estado en
consultar a la ciudadanía y difundir los planes ambientales.
En ese orden de ideas la educación ambiental como medio
para la transformación de la sociedad para la cultura ecológica está
contemplada en el artículo 34 al 38 de la Ley espacial referida. La
participación ciudadana se sigue desarrollando en el aspecto legal desde los
artículos 39 al 44 de ésta Ley. Es preciso citar el Artículo 39: “Todas las personas tienen el
derecho y el deber de participar en los asuntos relativos a la gestión del
ambiente”. Los ciudadanos tienen el derecho de
hacer propuestas de políticas públicas, planes y proyectos relativos a la
conservación ambiental así como los pueblos indígenas.
Existe
una creciente tendencia internacional y nacional en la conformación de
movimientos, colectivos, fundaciones y demás asociaciones con el objeto de
promover la conciencia ecologista en la sociedad así como en la realización de
actividades en pro de la preservación y gestión ambiental, ellos los asiste el
derecho de forma taxativa en apreciación del artículo 42 de la Ley ya
mencionada la cual consagra: “Las
organizaciones ambientalistas, los pueblos y comunidades indígenas, los
consejos comunales, las comunidades organizadas y otras formas asociativas,
podrán desarrollar proyectos enmarcados en una gestión del ambiente compartida
y comprometida con la conservación de los ecosistemas, los recursos naturales y
el desarrollo sustentable bajo las modalidades de la autogestión y cogestión”.
El reto de los organizaciones
ambientales y ecologistas es engranar la acción, es una tarea cuesta arriba poner
de acuerdo asociaciones que general y naturalmente ejercen acciones sociales de
forma aislada e idealizan particularmente sus causas, las barreras que implican
esos errores de las organizaciones de acción colectiva son una debilidad
repetida por derribar. El trabajo en redes, la presión de calle y en los medios
debe continuar en procura de posicionar cada vez más el tema ambiental y las
propuestas ecológicas de desarrollo sustentable y sostenible.
Por: Abg. Marcel López.
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